¿Sabes como aplican los impuestos a plataformas digitales para los contribuyentes que usen Uber, Cabify, Uber Eats, Rappi, etc?
Entrando en vigor el 01 de abril del 2019 la retención de IVA e ISR en base a la resolución miscelánea fiscal, el cálculo de las retenciones de IVA e ISR se le efectuaran a la persona que obtengan ingresos por transporte terrestre y entrega de alimentos. Aplicando la retención de la siguiente manera:
Tasa de retención (%) | Retenciones | |||
Monto del ingreso mensual | ISR | IVA | RET ISR (-) | RET IVA (-) |
$25,000.00 | 3% | 8% | 750 | 2000 |
$35,000.00 | 4% | 8% | 1400 | 2800 |
$50,000.00 | 5% | 8% | 2500 | 4000 |
Beneficios a Personas Físicas que utilicen plataformas digitales que les retienen ISR e IVA.
En base a lo que menciona el último párrafo de la resolución los contribuyentes que les retengas dicho impuestos quedaran sin obligación de presentar declaración de manera mensual del pago de IVA como de la DIOT.
No te quedes con la duda y cumpla con sus obligaciones, nosotros te decimos como